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Cuánto de lo que pagás en tu factura de luz y gas en los municipios es “caja” para otra cosa

Tres de cada diez pesos que se paga en las facturas de luz y gas de los municipios de todo el país no están relacionados a los servicios que se prestan, sino más bien al intento de esos distritos de recaudar impuestos.

Así lo calculó el Centro de Estudios en Finanzas Públicas (Cepif) con base a un relevamiento de facturas de gas y electricidad en 41 municipios distribuidos en 15 provincias. “Encontramos que, en promedio, 30% del valor de la factura se refiere a conceptos que no están vinculados con el servicio”, informaron desde el centro de estudios.

“En el Cefip exploramos qué sucede con la carga impositiva, muchas veces poco visible y bajo nombres desconocidos para el consumidor/contribuyente, en distintas localidades de la Argentina. La situación es dispar en el caso de electricidad, y algo más homogénea en gas”, indicaron en el centro de estudios a través de un hilo publicado en X.

“Uno de los conceptos usualmente incluidos es la tasa de alumbrado público, pero también pueden ser otros servicios como el agua, cloaca o sepelio. Además, las facturas suelen incluir impuestos nacionales (IVA), provinciales (Ingresos brutos) y tasas e impuestos municipales”, explicaron los especialistas. Luego se preguntaron: “¿Y por qué se cobra así? Este mecanismo garantiza recursos a los agentes de recaudación: si no se paga la electricidad/gas, se corta el servicio. Atar el pago de impuestos/tasas a este esquema aumenta el cumplimiento sin mayores esfuerzos de fiscalización”.

“Eliminar los conceptos no vinculados al consumo, disminuirá la recaudación. Nada es gratis. Alternativas: aumentar impuestos a los cumplidores, mejorar la fiscalización, solicitar mayores transferencias, ajustar el gasto o endeudarse. No todas las opciones son igualmente viables”, estimaron los expertos, que aseguraron que trabajan en estos temas para estar del lado de la “transparencia a la información para el consumidor”.

El Cepif es un centro de estudios de la Universidad de La Plata que viene trabajando en un portal de Impuestos Municipales y Provinciales en la Argentina. Entre sus impulsores están el economista Santiago Garriga, actual director del centro de estudios, e Isidro Guardarucci, hoy subdirector de Cefip y exsubsecretario de Hacienda en la provincia de Buenos Aires durante el gobierno de María Eugenia Vidal. Dependía directamente entonces de Hernán Lacunza.

La medida tomada hoy

La Secretaría de Comercio publicó hoy la resolución 267/2024 con el objetivo de limitar el cobro de “cargos ajenos a la naturaleza del servicio” que se está facturando. La medida, según contó LA NACION, alcanzaría desde las tasas viales que cobran algunos municipios en las estaciones de servicio, hasta las “ecotasas” que cobran los hoteles en zonas turísticas. A su vez, en las boletas de gas y electricidad tampoco se podrá cobrar servicios adicionales, como las cuotas de seguros de vida o créditos personales, como aplican algunas distribuidoras.

La norma no incluye a las tasas que le cobran los municipios de manera directa a los comercios, como por ejemplo la de seguridad e higiene, que generó la queja generalizada de los supermercados y mayoristas, cuando el intendente de Lanús, Julián Álvarez, la aumentó de 2,76% a 6% sobre la facturación de los hipermercados. Tampoco las tasas por publicidad y propaganda o el ABL, que se traslada de manera indirecta al usuario final a través de un mayor costo del servicio. Ni a los impuestos nacionales y provinciales que se cobran en proporción al servicio, como el 21% de IVA que aplica el Estado o el que establecen las provincias sobre el consumo eléctrico.

“Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios esenciales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la resolución 267/2024, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”, informó la Secretaría de Comercio hoy.

“La resolución publicada en el Boletín Oficial también indica que el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y normas reglamentarias. Asimismo, se informa que la medida entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y tiene un plazo de adecuación de treinta días”, estimó la cartera que dirige Pablo Lavigne.

“De esta manera, se evitará la inclusión de cargos que no corresponden a un servicio y que vulneren la libertad de elección de los consumidores forzándolos a pagar montos adicionales al momento de abonar las tarifas. Estas prácticas, que se han tornado sistemáticas en municipios de la provincia de Buenos Aires y en distintas localidades y provincias del país, constituyen un incumplimiento a la Ley de Defensa del Consumidor, la cual establece que las empresas proveedoras están obligadas a proporcionar al consumidor de forma cierta, clara y detallada las condiciones de contratación del servicio”, agregaron en el Gobierno y luego cerraron: “Con esta medida, el Gobierno impedirá que se cobren conceptos ajenos a lo contratado por el consumidor dentro de la documentación comercial emitida por el suministro de bienes y servicios. Esta práctica representaba no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino que implicaba también una clara violación a la libertad de elección del consumidor”.

“Todos sabemos que durante el kirchnerismo el tamaño del Estado creció en forma exorbitante. En parte fue porque las provincias y municipalidades encontraron vehículos para cobrar impuestos y tasas ‘sin que se notara’. Sin costo político, el gasto crece”, escribió esta mañana el ministro de Desregulación, Federico Stuzenegger en su cuenta de X. “El gobierno nacional ya ha hecho un esfuerzo enorme de reducción del gasto. Menos gasto significa menor carga sobre los contribuyentes. Ahora es necesario sumar al resto de los gobiernos. ¡Bajar el gasto al 25% del PBI, allá vamos!”, cerró.

Todos sabemos que durante el kirchnerismo el tamaño del Estado creció en forma exorbitante. En parte fue porque las provincias y municipalidades encontraron vehículos para cobrar impuestos y tasas “sin que se notara”. Sin costo político el gasto crece. La resolución 267/24 de… pic.twitter.com/T7ka5QJ6rf

— Fede Sturzenegger (@fedesturze) September 11, 2024

“Con una resolución vamos a prohibir que los municipios abusen con las tasas, que te puedan cobrar esas tasas en los servicios públicos. No van a poder cobrártelas en las boletas de Edenor, por ejemplo. Ese es un primer paso. Porque ahí te escondían las subas. Después hay otros que están yendo por más, como en Lanús o en Pilar, donde están subiendo la tasa a los supermercados. Para que te cobren una tasa tiene que haber una contraprestación. Para que te suban más tiene que haber una contraprestación adicional. Estamos entonces viendo cómo se soluciona ese problema que está padeciendo el ciudadano común. El abuso de esos intendentes que en vez de hacer su trabajo joroban a los vecinos”, dijo anoche el ministro de Economía, Luis Caputo, en el segundo programa del streaming oficial del Palacio de Hacienda.

Una de las intendentas que reaccionaron cuando Caputo adelantó esta medida fue Mayra Mendoza, de Quilmes. “Ministro Luis Caputo, no le mienta más a la gente”, respondió Mendoza. “Los ciudadanos pierden por las consecuencias que producen las políticas económicas que usted y Javier Milei están llevando adelante”, sentenció.

Los constitucionalistas, en tanto, plantean dudas con relación a la constitucionalidad de la medida oficial, ya que la Argentina tiene un orden federal, después de la reforma constitucional de 1994, que incluye el Estado federal, provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipios autónomos. Eso incluye la autonomía financiera, o sea, la posibilidad de percibir tasas y contribuciones o lo que técnicamente se denominan impuestos.

Tres de cada diez pesos que se paga en las facturas de luz y gas de los municipios de todo el país no están relacionados a los servicios que se prestan, sino más bien al intento de esos distritos de recaudar impuestos.

Así lo calculó el Centro de Estudios en Finanzas Públicas (Cepif) con base a un relevamiento de facturas de gas y electricidad en 41 municipios distribuidos en 15 provincias. “Encontramos que, en promedio, 30% del valor de la factura se refiere a conceptos que no están vinculados con el servicio”, informaron desde el centro de estudios.

“En el Cefip exploramos qué sucede con la carga impositiva, muchas veces poco visible y bajo nombres desconocidos para el consumidor/contribuyente, en distintas localidades de la Argentina. La situación es dispar en el caso de electricidad, y algo más homogénea en gas”, indicaron en el centro de estudios a través de un hilo publicado en X.

“Uno de los conceptos usualmente incluidos es la tasa de alumbrado público, pero también pueden ser otros servicios como el agua, cloaca o sepelio. Además, las facturas suelen incluir impuestos nacionales (IVA), provinciales (Ingresos brutos) y tasas e impuestos municipales”, explicaron los especialistas. Luego se preguntaron: “¿Y por qué se cobra así? Este mecanismo garantiza recursos a los agentes de recaudación: si no se paga la electricidad/gas, se corta el servicio. Atar el pago de impuestos/tasas a este esquema aumenta el cumplimiento sin mayores esfuerzos de fiscalización”.

“Eliminar los conceptos no vinculados al consumo, disminuirá la recaudación. Nada es gratis. Alternativas: aumentar impuestos a los cumplidores, mejorar la fiscalización, solicitar mayores transferencias, ajustar el gasto o endeudarse. No todas las opciones son igualmente viables”, estimaron los expertos, que aseguraron que trabajan en estos temas para estar del lado de la “transparencia a la información para el consumidor”.

El Cepif es un centro de estudios de la Universidad de La Plata que viene trabajando en un portal de Impuestos Municipales y Provinciales en la Argentina. Entre sus impulsores están el economista Santiago Garriga, actual director del centro de estudios, e Isidro Guardarucci, hoy subdirector de Cefip y exsubsecretario de Hacienda en la provincia de Buenos Aires durante el gobierno de María Eugenia Vidal. Dependía directamente entonces de Hernán Lacunza.

La medida tomada hoy

La Secretaría de Comercio publicó hoy la resolución 267/2024 con el objetivo de limitar el cobro de “cargos ajenos a la naturaleza del servicio” que se está facturando. La medida, según contó LA NACION, alcanzaría desde las tasas viales que cobran algunos municipios en las estaciones de servicio, hasta las “ecotasas” que cobran los hoteles en zonas turísticas. A su vez, en las boletas de gas y electricidad tampoco se podrá cobrar servicios adicionales, como las cuotas de seguros de vida o créditos personales, como aplican algunas distribuidoras.

La norma no incluye a las tasas que le cobran los municipios de manera directa a los comercios, como por ejemplo la de seguridad e higiene, que generó la queja generalizada de los supermercados y mayoristas, cuando el intendente de Lanús, Julián Álvarez, la aumentó de 2,76% a 6% sobre la facturación de los hipermercados. Tampoco las tasas por publicidad y propaganda o el ABL, que se traslada de manera indirecta al usuario final a través de un mayor costo del servicio. Ni a los impuestos nacionales y provinciales que se cobran en proporción al servicio, como el 21% de IVA que aplica el Estado o el que establecen las provincias sobre el consumo eléctrico.

“Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios esenciales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la resolución 267/2024, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”, informó la Secretaría de Comercio hoy.

“La resolución publicada en el Boletín Oficial también indica que el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y normas reglamentarias. Asimismo, se informa que la medida entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y tiene un plazo de adecuación de treinta días”, estimó la cartera que dirige Pablo Lavigne.

“De esta manera, se evitará la inclusión de cargos que no corresponden a un servicio y que vulneren la libertad de elección de los consumidores forzándolos a pagar montos adicionales al momento de abonar las tarifas. Estas prácticas, que se han tornado sistemáticas en municipios de la provincia de Buenos Aires y en distintas localidades y provincias del país, constituyen un incumplimiento a la Ley de Defensa del Consumidor, la cual establece que las empresas proveedoras están obligadas a proporcionar al consumidor de forma cierta, clara y detallada las condiciones de contratación del servicio”, agregaron en el Gobierno y luego cerraron: “Con esta medida, el Gobierno impedirá que se cobren conceptos ajenos a lo contratado por el consumidor dentro de la documentación comercial emitida por el suministro de bienes y servicios. Esta práctica representaba no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino que implicaba también una clara violación a la libertad de elección del consumidor”.

“Todos sabemos que durante el kirchnerismo el tamaño del Estado creció en forma exorbitante. En parte fue porque las provincias y municipalidades encontraron vehículos para cobrar impuestos y tasas ‘sin que se notara’. Sin costo político, el gasto crece”, escribió esta mañana el ministro de Desregulación, Federico Stuzenegger en su cuenta de X. “El gobierno nacional ya ha hecho un esfuerzo enorme de reducción del gasto. Menos gasto significa menor carga sobre los contribuyentes. Ahora es necesario sumar al resto de los gobiernos. ¡Bajar el gasto al 25% del PBI, allá vamos!”, cerró.

Todos sabemos que durante el kirchnerismo el tamaño del Estado creció en forma exorbitante. En parte fue porque las provincias y municipalidades encontraron vehículos para cobrar impuestos y tasas “sin que se notara”. Sin costo político el gasto crece. La resolución 267/24 de… pic.twitter.com/T7ka5QJ6rf

— Fede Sturzenegger (@fedesturze) September 11, 2024

“Con una resolución vamos a prohibir que los municipios abusen con las tasas, que te puedan cobrar esas tasas en los servicios públicos. No van a poder cobrártelas en las boletas de Edenor, por ejemplo. Ese es un primer paso. Porque ahí te escondían las subas. Después hay otros que están yendo por más, como en Lanús o en Pilar, donde están subiendo la tasa a los supermercados. Para que te cobren una tasa tiene que haber una contraprestación. Para que te suban más tiene que haber una contraprestación adicional. Estamos entonces viendo cómo se soluciona ese problema que está padeciendo el ciudadano común. El abuso de esos intendentes que en vez de hacer su trabajo joroban a los vecinos”, dijo anoche el ministro de Economía, Luis Caputo, en el segundo programa del streaming oficial del Palacio de Hacienda.

Una de las intendentas que reaccionaron cuando Caputo adelantó esta medida fue Mayra Mendoza, de Quilmes. “Ministro Luis Caputo, no le mienta más a la gente”, respondió Mendoza. “Los ciudadanos pierden por las consecuencias que producen las políticas económicas que usted y Javier Milei están llevando adelante”, sentenció.

Los constitucionalistas, en tanto, plantean dudas con relación a la constitucionalidad de la medida oficial, ya que la Argentina tiene un orden federal, después de la reforma constitucional de 1994, que incluye el Estado federal, provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipios autónomos. Eso incluye la autonomía financiera, o sea, la posibilidad de percibir tasas y contribuciones o lo que técnicamente se denominan impuestos.

 Así lo estimó un relevamiento en 41 municipios de 15 provincias realizado por el Centro de Estudios en Finanzas Públicas; la Secretaría de Comercio prohibió cobrar tasas municipales en las boletas de estos servicios  LA NACION

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