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Prohibiciones y obligaciones: tras el escándalo de Libra, el Gobierno publicó una norma para regular las billeteras cripto

A un mes de desatado el escándalo de la criptomoneda Libra que el Presidente Javier Milei promocionó a través de sus redes sociales, el Gobierno avanza en la regulación para las billeteras cripto. Luego de una consulta pública que cerró en diciembre del año pasado y en conversación con los jugadores de la industria, la Comisión Nacional de Valores (CNV) creó un marco normativo que las compañías que vendan activos digitales en la Argentina tendrán que cumplir.

En las próximas horas, se publicará en el Boletín Oficial la segunda etapa de la regulación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). En marzo del año pasado ya se había creado un registro para que todas aquellas personas humanas y jurídicas que operan localmente se inscriban obligatoriamente. Al momento, hay unas 131 empresas y nueve personas físicas (un total de 140), aunque todavía existen unas 60 solicitudes a la espera de aprobarse. Ahora, con esta resolución, deberán cumplir con una serie de requisitos, obligaciones y prohibiciones para poder operar.

Aseguran que la empresa de Hayden Davis movió US$1,6 millones a otra red cripto

“La misma tiene por objetivo garantizar la transparencia, estabilidad y protección de los usuarios en el ecosistema cripto, imponiendo obligaciones en materia de registro, ciberseguridad, custodia de activos, prevención de lavado de dinero y divulgación de riesgos”, explicó la CNV esta tarde, en un comunicado sin detalles sobre la norma.

El artículo 37 es el más llamativo, tras el escándalo cripto. En un tire y afloje con las empresas del sector, entre prohibiciones y habilitación, finalmente la CNV definió que las billeteras digitales podrán ofrecerle a sus clientes activos virtuales que se lanzaron con una antigüedad menor a los 90 días. Sin embargo, tendrán que hacerlo en una sección especial de la plataforma, y no accesible en el panel general. El sistema sería similar al que usó Ripio cuando incorporó memecoins como Libra, Trump o Melania en su aplicación que, si bien se podía comprar, estaba destinado a inversores experimentados.

Comisón Nacional de Valores

Pero en ese apartado se le tendrá que avisar al cliente de su riesgo, según tuvo acceso LA NACIÓN a la norma oficial: “Siempre que cuenten con una indicación especial a modo de advertencia de que dichos activos tienen menos de 90 de lanzados por lo que podrían conllevar una volatilidad, un riesgo de pérdida del total de los montos alocados a estos activos, y en general un nivel de riesgo, en todos los casos, potencialmente aún superior a otros activos virtuales que cuentan con mayor historial”.

Originalmente, se había propuesto clasificar a los inversores dependiendo de su perfil de riesgo y, a partir de allí, habilitar ciertas opciones de criptomonedas. Pero en la mesa de debate ganó el acceso para todos, pero con advertencias de riesgo. “Sombre el timing: hace un año que estamos trabajando en esta norma, la consulta pública terminó en diciembre y a partir de ahí analizamos y procesamos los comentarios, llegamos a la versión final. Hubo reuniones, mucho trabajo, más comentarios. Es imposible hacer una norma de un sector nuevo sin hacer interacción con ellos”, dicen puertas adentro de la Comisión Nacional de Valores.

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La regulación tendrá obligaciones y prohibiciones. Por ejemplo, la norma contempla que las billeteras cripto no podrán operar sin inscripción previa, tampoco podrán usar activos virtuales o monedas fiduciarias de los clientes. Tampoco tendrán permitido operar mercados, cámaras compensadoras o agentes del mercado de capitales. Y tienen prohibido hacer publicidad engañosa o falta de divulgación de riesgos.

Por el lado de las obligaciones, deberán cumplir con las normas de seguridad y custodia; informar de manera transparente comisiones, riesgos y estructura de operaciones; mantener registros contables y de clientes por al menos diez años; hacer informes periódicos a la CNV sobre volumen de operaciones, cliente y activos custodiados, presentación de balances anuales, informes de auditoria anual de sistemas.

El año pasado, la CNV obligó a las billeteras digitales a incribirse en un registro

También tendrán que requerimientos operativos, con manuales de procedimiento, sistemas informáticos, ciberseguridad, políticas de seguridad de la información, detalles del sistema de custodia (qué tipo de billetera es, conocidas como cold, hot o warm), diligencia operativa, mecanismos de gestión de riesgos. Otro punto a cumplir serán las normas de conducta, con principios varios y código de conducta.

Por el lado de la segregación de activos, se determinó la separación de activos virtuales de los clientes y de los proveedores de servicios de activos virtuales, tendrán que tener requisitos prudenciales para la cuarta categoría, segregación de fondos en moneda fiat, y la prohibición de uso de las criptomonedas de los clientes. Por último, todas las aplicaciones tienen que contar con atención al público, con un responsable de relaciones con el público, procedimiento de reclamos, comisiones y horarios transparentes.

Vecinos y pymes de un partido bonaerense tendrán créditos preferenciales porque la intendencia bajó tasas

Mañana saldrán publicados los detalles en el Boletín Oficial. Aquellas PSAV inscriptas en el registro, deberán presentar la información y documentación requerida antes del 1° de julio de este año; para las personas jurídicas constituidas en el país se extiende hasta el 1° de agosto; y para las personas jurídicas constituidas en el extranjero antes del 1° de septiembre. El 31 de diciembre de 2025 arranca en vigencia la totalidad de la norma.

“Hemos trabajado mucho en esta norma con el objetivo de que sea eficaz y cumpla con la Ley, manteniendo un equilibrio para no sobrerregular ni imponer costos innecesarios a la industria, impulsando la innovación. Este trabajo ha sido conjunto con todos los actores del sector, que han hecho sus aportes a través de la consulta pública, los que están incorporados en esta normativa. Quienes no cumplan con los requisitos y plazos previstos, no podrán operar en la Argentina”, dijo el presidente de la CNV, Roberto Silva.

A un mes de desatado el escándalo de la criptomoneda Libra que el Presidente Javier Milei promocionó a través de sus redes sociales, el Gobierno avanza en la regulación para las billeteras cripto. Luego de una consulta pública que cerró en diciembre del año pasado y en conversación con los jugadores de la industria, la Comisión Nacional de Valores (CNV) creó un marco normativo que las compañías que vendan activos digitales en la Argentina tendrán que cumplir.

En las próximas horas, se publicará en el Boletín Oficial la segunda etapa de la regulación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). En marzo del año pasado ya se había creado un registro para que todas aquellas personas humanas y jurídicas que operan localmente se inscriban obligatoriamente. Al momento, hay unas 131 empresas y nueve personas físicas (un total de 140), aunque todavía existen unas 60 solicitudes a la espera de aprobarse. Ahora, con esta resolución, deberán cumplir con una serie de requisitos, obligaciones y prohibiciones para poder operar.

Aseguran que la empresa de Hayden Davis movió US$1,6 millones a otra red cripto

“La misma tiene por objetivo garantizar la transparencia, estabilidad y protección de los usuarios en el ecosistema cripto, imponiendo obligaciones en materia de registro, ciberseguridad, custodia de activos, prevención de lavado de dinero y divulgación de riesgos”, explicó la CNV esta tarde, en un comunicado sin detalles sobre la norma.

El artículo 37 es el más llamativo, tras el escándalo cripto. En un tire y afloje con las empresas del sector, entre prohibiciones y habilitación, finalmente la CNV definió que las billeteras digitales podrán ofrecerle a sus clientes activos virtuales que se lanzaron con una antigüedad menor a los 90 días. Sin embargo, tendrán que hacerlo en una sección especial de la plataforma, y no accesible en el panel general. El sistema sería similar al que usó Ripio cuando incorporó memecoins como Libra, Trump o Melania en su aplicación que, si bien se podía comprar, estaba destinado a inversores experimentados.

Comisón Nacional de Valores

Pero en ese apartado se le tendrá que avisar al cliente de su riesgo, según tuvo acceso LA NACIÓN a la norma oficial: “Siempre que cuenten con una indicación especial a modo de advertencia de que dichos activos tienen menos de 90 de lanzados por lo que podrían conllevar una volatilidad, un riesgo de pérdida del total de los montos alocados a estos activos, y en general un nivel de riesgo, en todos los casos, potencialmente aún superior a otros activos virtuales que cuentan con mayor historial”.

Originalmente, se había propuesto clasificar a los inversores dependiendo de su perfil de riesgo y, a partir de allí, habilitar ciertas opciones de criptomonedas. Pero en la mesa de debate ganó el acceso para todos, pero con advertencias de riesgo. “Sombre el timing: hace un año que estamos trabajando en esta norma, la consulta pública terminó en diciembre y a partir de ahí analizamos y procesamos los comentarios, llegamos a la versión final. Hubo reuniones, mucho trabajo, más comentarios. Es imposible hacer una norma de un sector nuevo sin hacer interacción con ellos”, dicen puertas adentro de la Comisión Nacional de Valores.

Seis años de plazo: por decreto, crean un plan de regularización de deudas para distribuidoras eléctricas

La regulación tendrá obligaciones y prohibiciones. Por ejemplo, la norma contempla que las billeteras cripto no podrán operar sin inscripción previa, tampoco podrán usar activos virtuales o monedas fiduciarias de los clientes. Tampoco tendrán permitido operar mercados, cámaras compensadoras o agentes del mercado de capitales. Y tienen prohibido hacer publicidad engañosa o falta de divulgación de riesgos.

Por el lado de las obligaciones, deberán cumplir con las normas de seguridad y custodia; informar de manera transparente comisiones, riesgos y estructura de operaciones; mantener registros contables y de clientes por al menos diez años; hacer informes periódicos a la CNV sobre volumen de operaciones, cliente y activos custodiados, presentación de balances anuales, informes de auditoria anual de sistemas.

El año pasado, la CNV obligó a las billeteras digitales a incribirse en un registro

También tendrán que requerimientos operativos, con manuales de procedimiento, sistemas informáticos, ciberseguridad, políticas de seguridad de la información, detalles del sistema de custodia (qué tipo de billetera es, conocidas como cold, hot o warm), diligencia operativa, mecanismos de gestión de riesgos. Otro punto a cumplir serán las normas de conducta, con principios varios y código de conducta.

Por el lado de la segregación de activos, se determinó la separación de activos virtuales de los clientes y de los proveedores de servicios de activos virtuales, tendrán que tener requisitos prudenciales para la cuarta categoría, segregación de fondos en moneda fiat, y la prohibición de uso de las criptomonedas de los clientes. Por último, todas las aplicaciones tienen que contar con atención al público, con un responsable de relaciones con el público, procedimiento de reclamos, comisiones y horarios transparentes.

Vecinos y pymes de un partido bonaerense tendrán créditos preferenciales porque la intendencia bajó tasas

Mañana saldrán publicados los detalles en el Boletín Oficial. Aquellas PSAV inscriptas en el registro, deberán presentar la información y documentación requerida antes del 1° de julio de este año; para las personas jurídicas constituidas en el país se extiende hasta el 1° de agosto; y para las personas jurídicas constituidas en el extranjero antes del 1° de septiembre. El 31 de diciembre de 2025 arranca en vigencia la totalidad de la norma.

“Hemos trabajado mucho en esta norma con el objetivo de que sea eficaz y cumpla con la Ley, manteniendo un equilibrio para no sobrerregular ni imponer costos innecesarios a la industria, impulsando la innovación. Este trabajo ha sido conjunto con todos los actores del sector, que han hecho sus aportes a través de la consulta pública, los que están incorporados en esta normativa. Quienes no cumplan con los requisitos y plazos previstos, no podrán operar en la Argentina”, dijo el presidente de la CNV, Roberto Silva.

 La Comisión Nacional de Valores dio un paso más en la regulación para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales; se creó un artículo sobre cómo comprar las criptomonedas recién lanzadas  LA NACION

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