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“Camino a la quiebra”: la cerealera Vicentin jugó una última carta ante la Corte Suprema para evitar el final más temido

Luego de que la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolviera rechazar el recurso extraordinario federal presentado por la cerealera Vicentin para que su caso pase al máximo tribunal del país, los exdirectivos de la empresa presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Solicitaron que se anule el fallo provincial que dejó sin efecto la homologación de su acuerdo preventivo con acreedores y que, en su lugar, se confirme la resolución de la Cámara de Apelación que había convalidado el entendimiento.

La presentación fue realizada con el patrocinio de los abogados Gabriel H. Fissore, Pablo A. Buey Fernández, Javier Alegría y Ricardo Gil Lavedra, quienes afirmaron que la resolución de la Corte santafesina provocó “un gravamen irreparable” con impacto no solo sobre la empresa, sino también sobre la comunidad y el sistema jurídico en su conjunto. “La sentencia que deja sin efecto la homologación del acuerdo concursal, de no ser revisada, adquiere el carácter de cosa juzgada material”, dijeron.

Por eso, pidieron a la Corte Suprema nacional que equipare esa decisión a una sentencia definitiva y que intervenga para “salvaguardar las garantías del debido proceso y defensa en juicio”.

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La disputa gira en torno a la aprobación judicial del acuerdo alcanzado en el concurso de la empresa. Pese a haber superado las mayorías requeridas por ley —con el 62% de los acreedores que representan el 72% del capital—, la Corte santafesina anuló la homologación del acuerdo por entender que existían irregularidades, a raíz de una presentación realizada por el acreedor Commodities SA.

La empresa está en concurso de acreedores desde febrero de 2020

En su presentación ante la Corte nacional, los representantes legales de Vicentin dijeron: “Los fundamentos expresados por mi mandante son insuficientes para acreditar la existencia de gravedad institucional, precisamente cuando todos sus ministros reconocen tal gravedad al resolver, en contra de mi parte, el recurso de inconstitucionalidad”. Y agregaron que la situación genera “una incertidumbre que vulnera la seguridad jurídica”.

Uno de los ejes del planteo es el supuesto prejuzgamiento de dos ministros de la Corte provincial —Rafael Gutiérrez y Daniel Erbetta— que, según la empresa, adelantaron opinión sobre la homologación antes de que se presentaran las conformidades de los acreedores. “Incluyeron argumentaciones acerca de la suerte que correría la homologación del acuerdo preventivo (…) extralimitándose del marco del planteo”, señalaron los abogados, que además recordaron que ambos jueces firmaron luego el rechazo a sus propios pedidos de apartamiento.

Los letrados también criticaron la interpretación del tribunal respecto al principio de igualdad entre acreedores. La Corte provincial consideró que la propuesta de Vicentin beneficiaba injustamente a los acreedores en pesos. Para la empresa, esa afirmación es arbitraria: “Ninguna disposición legal existe que obligue al pago de intereses o impida la conversión de deudas en monedas duras”, plantearon.

Por otra parte sostuvieron que se incurrió en una “arbitrariedad por revocar la sentencia de Cámara por falta de fundamentación”, ya que ese tribunal “analiza y funda en detalle la propuesta, el dividendo en caso de quiebra y el mejor dividendo que obtendrían los acreedores con la propuesta homologada”.

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La empresa también argumentó que se trata de un caso de gravedad institucional por su impacto económico y social. “La presente causa trasciende el interés particular de la concursada y tiene impacto directo en la comunidad y sus instituciones”, se afirmó en el escrito. Mencionaron como ejemplo la decisión de la Cooperativa de Electricidad de Reconquista de cortar el suministro eléctrico ante una deuda acumulada, lo que —según alertaron— puso en riesgo de explosión una planta industrial. Tras la orden judicial, el servicio fue restablecido.

Puerto Vicentin

En ese contexto, la firma solicitó que la Corte Suprema disponga “de forma inmediata la suspensión de la ejecución de la sentencia recurrida”, a fin de evitar un escenario donde se avance con la apertura de un proceso de cramdown mientras la Corte evalúa el recurso de queja. “Ambas instancias no deberían avanzar en conjunto”, advierten.

El planteo ante la Corte nacional se presentó pocos días después de que el juez del concurso, Fabián Lorenzini, dispusiera la intervención plena de la empresa y dictara una tutela inhibitoria judicial para impedir cortes de servicios esenciales, ante el riesgo inminente de parálisis total. Según los abogados, esa decisión judicial —adoptada el mismo día que se conoció el rechazo de la Corte santafesina— es una muestra clara de las “consecuencias graves generadas por la dilación excesiva del proceso” y del perjuicio concreto que implica la falta de homologación para el funcionamiento de la compañía.

Finalmente, la empresa insistió en que la anulación del acuerdo preventivo pone en jaque su funcionamiento y lleva a un camino de quiebra. “Sin recursos, la empresa no puede funcionar (pagar servicios, trabajadores, proveedores, etc.) y va camino a la quiebra”, alertan.

Los abogados concluyeron su presentación con una solicitud para que se admita el recurso de queja, se suspenda la sentencia de la Corte provincial y se ordene devolver las actuaciones “al tribunal de origen a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo a derecho”.

Luego de que la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolviera rechazar el recurso extraordinario federal presentado por la cerealera Vicentin para que su caso pase al máximo tribunal del país, los exdirectivos de la empresa presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Solicitaron que se anule el fallo provincial que dejó sin efecto la homologación de su acuerdo preventivo con acreedores y que, en su lugar, se confirme la resolución de la Cámara de Apelación que había convalidado el entendimiento.

La presentación fue realizada con el patrocinio de los abogados Gabriel H. Fissore, Pablo A. Buey Fernández, Javier Alegría y Ricardo Gil Lavedra, quienes afirmaron que la resolución de la Corte santafesina provocó “un gravamen irreparable” con impacto no solo sobre la empresa, sino también sobre la comunidad y el sistema jurídico en su conjunto. “La sentencia que deja sin efecto la homologación del acuerdo concursal, de no ser revisada, adquiere el carácter de cosa juzgada material”, dijeron.

Por eso, pidieron a la Corte Suprema nacional que equipare esa decisión a una sentencia definitiva y que intervenga para “salvaguardar las garantías del debido proceso y defensa en juicio”.

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La disputa gira en torno a la aprobación judicial del acuerdo alcanzado en el concurso de la empresa. Pese a haber superado las mayorías requeridas por ley —con el 62% de los acreedores que representan el 72% del capital—, la Corte santafesina anuló la homologación del acuerdo por entender que existían irregularidades, a raíz de una presentación realizada por el acreedor Commodities SA.

La empresa está en concurso de acreedores desde febrero de 2020

En su presentación ante la Corte nacional, los representantes legales de Vicentin dijeron: “Los fundamentos expresados por mi mandante son insuficientes para acreditar la existencia de gravedad institucional, precisamente cuando todos sus ministros reconocen tal gravedad al resolver, en contra de mi parte, el recurso de inconstitucionalidad”. Y agregaron que la situación genera “una incertidumbre que vulnera la seguridad jurídica”.

Uno de los ejes del planteo es el supuesto prejuzgamiento de dos ministros de la Corte provincial —Rafael Gutiérrez y Daniel Erbetta— que, según la empresa, adelantaron opinión sobre la homologación antes de que se presentaran las conformidades de los acreedores. “Incluyeron argumentaciones acerca de la suerte que correría la homologación del acuerdo preventivo (…) extralimitándose del marco del planteo”, señalaron los abogados, que además recordaron que ambos jueces firmaron luego el rechazo a sus propios pedidos de apartamiento.

Los letrados también criticaron la interpretación del tribunal respecto al principio de igualdad entre acreedores. La Corte provincial consideró que la propuesta de Vicentin beneficiaba injustamente a los acreedores en pesos. Para la empresa, esa afirmación es arbitraria: “Ninguna disposición legal existe que obligue al pago de intereses o impida la conversión de deudas en monedas duras”, plantearon.

Por otra parte sostuvieron que se incurrió en una “arbitrariedad por revocar la sentencia de Cámara por falta de fundamentación”, ya que ese tribunal “analiza y funda en detalle la propuesta, el dividendo en caso de quiebra y el mejor dividendo que obtendrían los acreedores con la propuesta homologada”.

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La empresa también argumentó que se trata de un caso de gravedad institucional por su impacto económico y social. “La presente causa trasciende el interés particular de la concursada y tiene impacto directo en la comunidad y sus instituciones”, se afirmó en el escrito. Mencionaron como ejemplo la decisión de la Cooperativa de Electricidad de Reconquista de cortar el suministro eléctrico ante una deuda acumulada, lo que —según alertaron— puso en riesgo de explosión una planta industrial. Tras la orden judicial, el servicio fue restablecido.

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En ese contexto, la firma solicitó que la Corte Suprema disponga “de forma inmediata la suspensión de la ejecución de la sentencia recurrida”, a fin de evitar un escenario donde se avance con la apertura de un proceso de cramdown mientras la Corte evalúa el recurso de queja. “Ambas instancias no deberían avanzar en conjunto”, advierten.

El planteo ante la Corte nacional se presentó pocos días después de que el juez del concurso, Fabián Lorenzini, dispusiera la intervención plena de la empresa y dictara una tutela inhibitoria judicial para impedir cortes de servicios esenciales, ante el riesgo inminente de parálisis total. Según los abogados, esa decisión judicial —adoptada el mismo día que se conoció el rechazo de la Corte santafesina— es una muestra clara de las “consecuencias graves generadas por la dilación excesiva del proceso” y del perjuicio concreto que implica la falta de homologación para el funcionamiento de la compañía.

Finalmente, la empresa insistió en que la anulación del acuerdo preventivo pone en jaque su funcionamiento y lleva a un camino de quiebra. “Sin recursos, la empresa no puede funcionar (pagar servicios, trabajadores, proveedores, etc.) y va camino a la quiebra”, alertan.

Los abogados concluyeron su presentación con una solicitud para que se admita el recurso de queja, se suspenda la sentencia de la Corte provincial y se ordene devolver las actuaciones “al tribunal de origen a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo a derecho”.

 La empresa solicitó la intervención del máximo tribunal para que deje sin efecto un freno a la homologación de su concurso de acreedores  LA NACION

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