El Gobierno estableció el procedimiento de adhesión al nuevo régimen simplificado del impuesto a las ganancias

Días después de que el Gobierno implemente el régimen simplificado del impuesto a las ganancias, ARCA estableció el procedimiento de adhesión a través de una resolución del Boletín Oficial. La medida fue publicada el 22 de mayo, cuando la agencia decretó la “simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes, en el marco de los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas actualmente vigentes”.
“Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que sean contribuyentes o responsables del impuesto a las ganancias podrán optar por la modalidad simplificada prevista en el artículo 3° del Decreto 353 del 22 de mayo de 2025 mediante el procedimiento de adhesión que se establece por la presente”, resolvió ARCA respecto al punto de la normativa que impone: “Encomiéndese a ARCA que implemente en diferentes etapas y de manera gradual, para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, inclusive, una modalidad simplificada y opcional de declaración del Impuesto a las Ganancias de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes”.
Según precisó la agencia, aquellos que opten y presenten la declaración jurada por la modalidad simplificada quedarán exceptuados de cumplir con la obligación de informar su patrimonio. “Permitirá reducir la carga administrativa sin afectar el control fiscal”, explicaron.
Será tarea de ARCA verificar que los contribuyentes posean clave fiscal con nivel de seguridad 3 y no posean la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo limitado. “Los contribuyentes y responsables que hubieran ejercido la opción para el ejercicio fiscal 2025 podrán desistir de dicha solicitud en cualquier momento, antes de la presentación de la declaración jurada”, especificaron en la medida.
La nueva normativa fue impuesta a través de la Resolución General 5704/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo la firma de Juan Alberto Pazo, director ejecutivo de ARCA.
Días atrás, el Gobierno había establecido la opcionalidad del sistema y aclaró que la adhesión “únicamente estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva”.
Días después de que el Gobierno implemente el régimen simplificado del impuesto a las ganancias, ARCA estableció el procedimiento de adhesión a través de una resolución del Boletín Oficial. La medida fue publicada el 22 de mayo, cuando la agencia decretó la “simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes, en el marco de los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas actualmente vigentes”.
“Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que sean contribuyentes o responsables del impuesto a las ganancias podrán optar por la modalidad simplificada prevista en el artículo 3° del Decreto 353 del 22 de mayo de 2025 mediante el procedimiento de adhesión que se establece por la presente”, resolvió ARCA respecto al punto de la normativa que impone: “Encomiéndese a ARCA que implemente en diferentes etapas y de manera gradual, para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, inclusive, una modalidad simplificada y opcional de declaración del Impuesto a las Ganancias de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes”.
Según precisó la agencia, aquellos que opten y presenten la declaración jurada por la modalidad simplificada quedarán exceptuados de cumplir con la obligación de informar su patrimonio. “Permitirá reducir la carga administrativa sin afectar el control fiscal”, explicaron.
Será tarea de ARCA verificar que los contribuyentes posean clave fiscal con nivel de seguridad 3 y no posean la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo limitado. “Los contribuyentes y responsables que hubieran ejercido la opción para el ejercicio fiscal 2025 podrán desistir de dicha solicitud en cualquier momento, antes de la presentación de la declaración jurada”, especificaron en la medida.
La nueva normativa fue impuesta a través de la Resolución General 5704/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo la firma de Juan Alberto Pazo, director ejecutivo de ARCA.
Días atrás, el Gobierno había establecido la opcionalidad del sistema y aclaró que la adhesión “únicamente estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva”.
Luego de la implementación del sistema, ARCA explicó a través del Boletín Oficial el mecanismo para acceder; “Permitirá reducir la carga administrativa sin afectar el control fiscal”, explicaron LA NACION