Qué dice la nueva ley de vivienda en Cuba y qué pasa con los migrantes que viven en EE.UU.

El gobierno cubano extendió un proceso clave que podría cambiar la vida de miles de ciudadanos que habitan en viviendas sin legalización formal. La nueva medida, que acaba de entrar en vigor, prolonga el plazo para ordenar y otorgar derechos de propiedad sobre inmuebles ocupados irregularmente, pero deja en el aire una incógnita crucial: ¿qué ocurre con los migrantes cubanos, en especial quienes residen en Estados Unidos y conservan viviendas en la isla?
Caos habitacional de Cuba y la ley de ordenamiento de viviendas
El Consejo de Ministros de Cuba aprobó el Acuerdo 10108/2025, que extiende hasta el 31 de diciembre de 2025 el proceso de legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, locales y construcciones accesorias sin estatus legal. Este anuncio fue publicado en la Gaceta Oficial de la República (edición extraordinaria número 26), y forma parte del marco normativo iniciado en 2019 con el Acuerdo 8574, originalmente previsto por un período de seis años.
La medida apunta a regularizar viviendas construidas o transformadas sin cumplir con todos los requisitos legales, en tanto respeten las normativas territoriales y urbanísticas. El objetivo es entregar los títulos de propiedad a quienes ya las ocupan, sean arrendatarios estatales, usufructuarios u ocupantes de cuartos o accesorias convertidas en viviendas adecuadas.
Este nuevo acuerdo también simplifica trámites burocráticos. En vez de exigir que las Direcciones Municipales de la Vivienda realicen levantamientos técnicos y descripciones físicas de los inmuebles, se acepta directamente el Dictamen Técnico que expiden las Direcciones Municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.
Qué cambia con la nueva ley y cómo se implementa
Las nuevas disposiciones apuntan a resolver los atrasos que se acumularon desde el inicio del proceso en 2019, muchos de ellos como consecuencia de la pandemia de Covid-19, que impidió a miles de personas acceder a oficinas y completar trámites.
Según informó Marvelis Velázquez Reyes, directora de Asuntos Legales de la Vivienda del Ministerio de la Construcción (Micons), este reglamento representa una oportunidad para quienes habitan en inmuebles que no tienen legalidad formal, pero que pueden cumplir los requisitos urbanísticos exigidos.
Entre los puntos destacados de la resolución:
- Plazo extendido: se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 el tiempo para iniciar o completar los trámites de legalización.
- Trámite simplificado: ya no se exige el levantamiento físico y descripción del inmueble por parte de las Direcciones Municipales de la Vivienda. Ahora basta con el Dictamen Técnico emitido por Ordenamiento Territorial y Urbanismo.
- Reducción de plazos: el nuevo proceso busca que la entrega del dictamen técnico y la validación de la documentación se realice en un plazo de 15 días hábiles.
- Aplicación a diferentes figuras de ocupación: pueden beneficiarse quienes ocupan viviendas del fondo estatal como arrendatarios permanentes, así como ocupantes de cuartos o accesorias convertidas en viviendas, incluso si los inmuebles están en construcción o no cumplen con todos los estándares formales.
¿Qué sucede con los cubanos que viven en Estados Unidos?
Uno de los puntos menos claros —y más discutidos fuera de Cuba— es si esta resolución también contempla a ciudadanos cubanos que han emigrado, especialmente aquellos con propiedades o construcciones pendientes de legalización en la isla. Miles de ellos residen hoy en ciudades de Florida como Miami, y muchos mantienen vínculos familiares o patrimoniales con su país de origen.
La Gaceta Oficial no especifica de manera directa si los migrantes de ese país que viven en el exterior pueden acogerse al proceso sin estar físicamente en Cuba. Tampoco aclara si pueden delegar los trámites en representantes legales. Lo que sí establece la normativa es que la documentación debe ser presentada ante las Direcciones Municipales de la Vivienda o de Ordenamiento Territorial y Urbanismo por parte de la persona interesada o su apoderado.
Esto deja una zona gris en cuanto a las posibilidades reales de participación de quienes viven fuera de la isla, dado que muchos no tienen regularizada su situación migratoria o perdieron vínculos legales con su propiedad en Cuba por el paso del tiempo.
El gobierno cubano extendió un proceso clave que podría cambiar la vida de miles de ciudadanos que habitan en viviendas sin legalización formal. La nueva medida, que acaba de entrar en vigor, prolonga el plazo para ordenar y otorgar derechos de propiedad sobre inmuebles ocupados irregularmente, pero deja en el aire una incógnita crucial: ¿qué ocurre con los migrantes cubanos, en especial quienes residen en Estados Unidos y conservan viviendas en la isla?
Caos habitacional de Cuba y la ley de ordenamiento de viviendas
El Consejo de Ministros de Cuba aprobó el Acuerdo 10108/2025, que extiende hasta el 31 de diciembre de 2025 el proceso de legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, locales y construcciones accesorias sin estatus legal. Este anuncio fue publicado en la Gaceta Oficial de la República (edición extraordinaria número 26), y forma parte del marco normativo iniciado en 2019 con el Acuerdo 8574, originalmente previsto por un período de seis años.
La medida apunta a regularizar viviendas construidas o transformadas sin cumplir con todos los requisitos legales, en tanto respeten las normativas territoriales y urbanísticas. El objetivo es entregar los títulos de propiedad a quienes ya las ocupan, sean arrendatarios estatales, usufructuarios u ocupantes de cuartos o accesorias convertidas en viviendas adecuadas.
Este nuevo acuerdo también simplifica trámites burocráticos. En vez de exigir que las Direcciones Municipales de la Vivienda realicen levantamientos técnicos y descripciones físicas de los inmuebles, se acepta directamente el Dictamen Técnico que expiden las Direcciones Municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.
Qué cambia con la nueva ley y cómo se implementa
Las nuevas disposiciones apuntan a resolver los atrasos que se acumularon desde el inicio del proceso en 2019, muchos de ellos como consecuencia de la pandemia de Covid-19, que impidió a miles de personas acceder a oficinas y completar trámites.
Según informó Marvelis Velázquez Reyes, directora de Asuntos Legales de la Vivienda del Ministerio de la Construcción (Micons), este reglamento representa una oportunidad para quienes habitan en inmuebles que no tienen legalidad formal, pero que pueden cumplir los requisitos urbanísticos exigidos.
Entre los puntos destacados de la resolución:
- Plazo extendido: se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 el tiempo para iniciar o completar los trámites de legalización.
- Trámite simplificado: ya no se exige el levantamiento físico y descripción del inmueble por parte de las Direcciones Municipales de la Vivienda. Ahora basta con el Dictamen Técnico emitido por Ordenamiento Territorial y Urbanismo.
- Reducción de plazos: el nuevo proceso busca que la entrega del dictamen técnico y la validación de la documentación se realice en un plazo de 15 días hábiles.
- Aplicación a diferentes figuras de ocupación: pueden beneficiarse quienes ocupan viviendas del fondo estatal como arrendatarios permanentes, así como ocupantes de cuartos o accesorias convertidas en viviendas, incluso si los inmuebles están en construcción o no cumplen con todos los estándares formales.
¿Qué sucede con los cubanos que viven en Estados Unidos?
Uno de los puntos menos claros —y más discutidos fuera de Cuba— es si esta resolución también contempla a ciudadanos cubanos que han emigrado, especialmente aquellos con propiedades o construcciones pendientes de legalización en la isla. Miles de ellos residen hoy en ciudades de Florida como Miami, y muchos mantienen vínculos familiares o patrimoniales con su país de origen.
La Gaceta Oficial no especifica de manera directa si los migrantes de ese país que viven en el exterior pueden acogerse al proceso sin estar físicamente en Cuba. Tampoco aclara si pueden delegar los trámites en representantes legales. Lo que sí establece la normativa es que la documentación debe ser presentada ante las Direcciones Municipales de la Vivienda o de Ordenamiento Territorial y Urbanismo por parte de la persona interesada o su apoderado.
Esto deja una zona gris en cuanto a las posibilidades reales de participación de quienes viven fuera de la isla, dado que muchos no tienen regularizada su situación migratoria o perdieron vínculos legales con su propiedad en Cuba por el paso del tiempo.
Cuba aprobó una ley que permite legalizar viviendas sin permiso si cumplen normas urbanas. Migrantes en EE.UU. también pueden beneficiarse si mantienen vínculos. LA NACION