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¿Puedo perder mi ciudadanía americana si me divorcio? Esto dice la ley

La ley de Estados Unidos permite obtener la ciudadanía americana por matrimonio. Generalmente, se necesita primero la residencia permanente y mantener el estatus por unos años, además de cumplir con ciertos requisitos de naturalización. Pero, ¿qué pasa con el divorcio?

Ciudadanía americana por matrimonio

Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses pueden ser elegibles para la naturalización por matrimonio, según disposiciones especiales de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Para obtener el beneficio deben cumplir con los requisitos generales, como demostrar la validez del enlace nupcial.

El solicitante debe demostrar la validez de su matrimonio para el proceso de naturalización

En general, la validez de un matrimonio se determina por la ley del lugar donde se celebró la ceremonia. En la mayoría de los casos, un certificado es evidencia prima facie (“a primera vista”) de que el enlace se celebró de manera adecuada y legal.

¿Se puede perder la ciudadanía estadounidense por divorcio?

Los abogados de Divorce Matters señalan que la respuesta depende de en qué etapa del proceso de obtención de la ciudadanía se encuentre el solicitante. Si se ha completado la naturalización y se recibe el certificado, no importará que la pareja se divorcie. “La ciudadanía solo se revoca en circunstancias muy excepcionales”, precisan.

“Dado que su ciudadanía ya fue otorgada y aprobada, no se le puede revocar”, señalan. Una vez concedido el estatus, después de que la persona hace el Juramento de Lealtad, el estatus se vuelve permanente, excepto en ciertas, como si se demuestra que hubo fraude en el proceso.

Razones por las que se revoca la naturalización:

  • La persona obtuvo el beneficio ilegalmente, que puede significar que la persona no cumplía los requisitos.
  • Si hay engaño deliberado de su parte al tergiversar o no revelar un hecho o hechos materiales en su solicitud de naturalización y examen posterior.
  • Si se convierte en miembro o se afilia al Partido Comunista, otro partido totalitario u organización terrorista dentro de los cinco años siguientes a su naturalización.
  • Que no sea la baja honorable antes de cinco años de servicio en las fuerzas armadas de Estados Unidos después de la naturalización.

La revocación de la ciudadanía a veces se denomina

El divorcio antes de la naturalización: consecuencias

Los especialistas indican que el divorcio puede tener consecuencias durante el proceso si aún está en curso. El Manual de Políticas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) indica que el solicitante deja de ser cónyuge de un ciudadano estadounidense si el matrimonio se termina por divorcio o anulación.

“Por consiguiente, dicho solicitante no podrá naturalizarse como cónyuge de un ciudadano estadounidense si el divorcio o la anulación ocurren antes o después de la presentación de la solicitud de naturalización”, advierten.

El Uscis determina la validez de un divorcio al examinar si el estado o país que lo concedió asumió debidamente la jurisdicción sobre el proceso. También determina si las partes siguieron las formalidades legales adecuadas. En todos los casos, el divorcio debe ser definitivo.

Un divorcio o anulación rompe la relación matrimonial y el solicitante no podrá naturalizarse como cónyuge

La agencia también destaca que la “inelegibilidad de un solicitante para la naturalización como cónyuge de un ciudadano estadounidense debido a la muerte del cónyuge ciudadano o al divorcio no se soluciona con el matrimonio posterior con otro ciudadano estadounidense”.

Requisitos generales de elegibilidad para la naturalización por matrimonio

Para ser elegible para la naturalización por matrimonio, bajo la sección 319(a) de la INA, el solicitante debe:

  • Tener, al menos, 18 años cuando presente el formulario N-400, Solicitud de Naturalización;
  • Ser un residente permanente admitido legalmente a Estados Unidos durante al menos tres años inmediatamente antes de la fecha en que presente el formulario;
  • Haber vivido en unión matrimonial con el cónyuge ciudadano estadounidense durante los tres años inmediatamente previos antes de la fecha en que presenta su solicitud y mientras se adjudica;
  • Haber vivido durante al menos tres meses en un estado o el distrito de Uscis que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia;
  • Haber tenido residencia continua en Estados Unidos como residente permanente legal durante al menos tres años inmediatamente antes de la fecha en que se presenta la solicitud;
  • Residir continuamente en EE.UU. desde la fecha en que presentó el formulario hasta la fecha en que se da la naturalización;
  • Estar físicamente presente en el país durante al menos 18 meses de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que se presenta la solicitud;
  • Poder leer, escribir y hablar inglés y conocer y comprender los fundamentos de la historia, y los principios y forma de gobierno de Estados Unidos; y
  • Ser una persona de buen carácter moral, adherirse a los principios de la Constitución de Estados Unidos, y bien dispuesto al buen orden y bienestar del país durante al menos tres años inmediatamente antes de la fecha en que presenta el formulario N-400 y hasta que tome el Juramento de Lealtad.

La ley de Estados Unidos permite obtener la ciudadanía americana por matrimonio. Generalmente, se necesita primero la residencia permanente y mantener el estatus por unos años, además de cumplir con ciertos requisitos de naturalización. Pero, ¿qué pasa con el divorcio?

Ciudadanía americana por matrimonio

Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses pueden ser elegibles para la naturalización por matrimonio, según disposiciones especiales de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Para obtener el beneficio deben cumplir con los requisitos generales, como demostrar la validez del enlace nupcial.

El solicitante debe demostrar la validez de su matrimonio para el proceso de naturalización

En general, la validez de un matrimonio se determina por la ley del lugar donde se celebró la ceremonia. En la mayoría de los casos, un certificado es evidencia prima facie (“a primera vista”) de que el enlace se celebró de manera adecuada y legal.

¿Se puede perder la ciudadanía estadounidense por divorcio?

Los abogados de Divorce Matters señalan que la respuesta depende de en qué etapa del proceso de obtención de la ciudadanía se encuentre el solicitante. Si se ha completado la naturalización y se recibe el certificado, no importará que la pareja se divorcie. “La ciudadanía solo se revoca en circunstancias muy excepcionales”, precisan.

“Dado que su ciudadanía ya fue otorgada y aprobada, no se le puede revocar”, señalan. Una vez concedido el estatus, después de que la persona hace el Juramento de Lealtad, el estatus se vuelve permanente, excepto en ciertas, como si se demuestra que hubo fraude en el proceso.

Razones por las que se revoca la naturalización:

  • La persona obtuvo el beneficio ilegalmente, que puede significar que la persona no cumplía los requisitos.
  • Si hay engaño deliberado de su parte al tergiversar o no revelar un hecho o hechos materiales en su solicitud de naturalización y examen posterior.
  • Si se convierte en miembro o se afilia al Partido Comunista, otro partido totalitario u organización terrorista dentro de los cinco años siguientes a su naturalización.
  • Que no sea la baja honorable antes de cinco años de servicio en las fuerzas armadas de Estados Unidos después de la naturalización.

La revocación de la ciudadanía a veces se denomina

El divorcio antes de la naturalización: consecuencias

Los especialistas indican que el divorcio puede tener consecuencias durante el proceso si aún está en curso. El Manual de Políticas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) indica que el solicitante deja de ser cónyuge de un ciudadano estadounidense si el matrimonio se termina por divorcio o anulación.

“Por consiguiente, dicho solicitante no podrá naturalizarse como cónyuge de un ciudadano estadounidense si el divorcio o la anulación ocurren antes o después de la presentación de la solicitud de naturalización”, advierten.

El Uscis determina la validez de un divorcio al examinar si el estado o país que lo concedió asumió debidamente la jurisdicción sobre el proceso. También determina si las partes siguieron las formalidades legales adecuadas. En todos los casos, el divorcio debe ser definitivo.

Un divorcio o anulación rompe la relación matrimonial y el solicitante no podrá naturalizarse como cónyuge

La agencia también destaca que la “inelegibilidad de un solicitante para la naturalización como cónyuge de un ciudadano estadounidense debido a la muerte del cónyuge ciudadano o al divorcio no se soluciona con el matrimonio posterior con otro ciudadano estadounidense”.

Requisitos generales de elegibilidad para la naturalización por matrimonio

Para ser elegible para la naturalización por matrimonio, bajo la sección 319(a) de la INA, el solicitante debe:

  • Tener, al menos, 18 años cuando presente el formulario N-400, Solicitud de Naturalización;
  • Ser un residente permanente admitido legalmente a Estados Unidos durante al menos tres años inmediatamente antes de la fecha en que presente el formulario;
  • Haber vivido en unión matrimonial con el cónyuge ciudadano estadounidense durante los tres años inmediatamente previos antes de la fecha en que presenta su solicitud y mientras se adjudica;
  • Haber vivido durante al menos tres meses en un estado o el distrito de Uscis que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia;
  • Haber tenido residencia continua en Estados Unidos como residente permanente legal durante al menos tres años inmediatamente antes de la fecha en que se presenta la solicitud;
  • Residir continuamente en EE.UU. desde la fecha en que presentó el formulario hasta la fecha en que se da la naturalización;
  • Estar físicamente presente en el país durante al menos 18 meses de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que se presenta la solicitud;
  • Poder leer, escribir y hablar inglés y conocer y comprender los fundamentos de la historia, y los principios y forma de gobierno de Estados Unidos; y
  • Ser una persona de buen carácter moral, adherirse a los principios de la Constitución de Estados Unidos, y bien dispuesto al buen orden y bienestar del país durante al menos tres años inmediatamente antes de la fecha en que presenta el formulario N-400 y hasta que tome el Juramento de Lealtad.

 ¿Te preocupa perder tu ciudadanía americana tras un divorcio? Descubre qué dice la ley de inmigración y si tu estatus de naturalización está en riesgo. Información clave sobre el formulario N-400 y el proceso USCIS.  LA NACION

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