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El Gobierno simplificó un trámite clave para la importación de autos usados

El Gobierno nacional volvió a modificar el régimen de importación de vehículos considerados clásicos y de interés histórico con el objetivo de “eliminar trabas burocráticas, acelerar los plazos administrativos y facilitar el acceso legal a modelos con valor patrimonial”. Lo hizo a través de la Resolución 300/2025, publicada ayer en el Boletín Oficial (rige desde hoy) que reemplaza y actualiza varios artículos de la normativa vigente que ya se había cambiado en febrero pasado.

La medida, impulsada por la secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, cartera dirigida por Esteban Marzorati, se enmarca en el proceso de desregulación de trámites que llevados adelante el poder Ejecutivo y apunta específicamente al segmento de vehículos usados que pueden ser considerados “modelos de colección”.

Se trata de una simplificación de una norma que ya estaba vigente y que no afecta a la importación de unidades usadas por fuera de esta categoría.

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Según lo establecido por el Decreto 110/99, únicamente pueden importarse autos usados si se trata de vehículos con más de 30 años de antigüedad, con un valor FOB (Free on Board), una vez ubicados en el puerto de origen antes de impuestos, superior a los US$12.000 y una justificación de su carácter histórico o cultural. La normativa los reconoce como piezas que buscan contribuir a preservar el patrimonio automotor argentino.

Cualquier modelo considerado clásico puede ingresar bajo este régimen

Con la nueva resolución, se optimiza el procedimiento para acceder a esta excepción, estableciendo reglas más claras, mecanismos digitales obligatorios y nuevas condiciones de validación documental. La Resolución 300/2025 introduce modificaciones a los artículos 4°, 7°, 8°, 10 y 14 de la Resolución 24/2025. Entre los aspectos más relevantes se destacan:

  • Presentación digital obligatoria: los interesados deberán iniciar el trámite a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), completando un nuevo formulario digital y adjuntando la documentación.
  • Evaluación con plazos concretos: la Dirección de Evaluación y Promoción Industrial tendrá un máximo de 10 días corridos para analizar la solicitud. En caso de detectar errores o faltantes, se otorgará un plazo adicional de 10 días hábiles para su subsanación.
  • Validación con la Aduana: una vez aprobado el trámite, la autorización será comunicada a la dirección general de Aduanas mediante el sistema VUCEA (Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino) y se validará automáticamente en el Sistema Informático Malvina (SIM).
  • Vigencia de la autorización: las aprobaciones tendrán una validez de un año desde su notificación. Pasado ese plazo, si el vehículo no fue ingresado, el permiso caducará automáticamente.
  • Prohibición de transferencia: los vehículos importados bajo este régimen no podrán ser vendidos ni cedidos durante los dos años posteriores a su ingreso al país.
  • Trámites previos reconducidos: los expedientes iniciados bajo resoluciones anteriores —como la 958/2023 o la 24/2025— serán adaptados al nuevo procedimiento en un plazo de 20 días corridos.

Los autos ingresados bajo este régimen suelen exhibirse en eventos dedicados

Además, se derogaron varios artículos y anexos de la norma anterior que se consideraban redundantes o confusos, con el objetivo de darle mayor coherencia normativa al sistema.

Con esta resolución, el Gobierno busca encontrar un equilibrio entre la apertura gradual a vehículos de interés patrimonial y la necesidad de evitar maniobras comerciales encubiertas. En otras palabras, solo podrán acceder a este régimen quienes cumplan con requisitos técnicos y económicos bien definidos, y siempre bajo el compromiso de conservar el vehículo por un período mínimo en el país. La medida ya se encuentra en vigencia y puede consultarse en su totalidad a través del Boletín Oficial.

El Gobierno nacional volvió a modificar el régimen de importación de vehículos considerados clásicos y de interés histórico con el objetivo de “eliminar trabas burocráticas, acelerar los plazos administrativos y facilitar el acceso legal a modelos con valor patrimonial”. Lo hizo a través de la Resolución 300/2025, publicada ayer en el Boletín Oficial (rige desde hoy) que reemplaza y actualiza varios artículos de la normativa vigente que ya se había cambiado en febrero pasado.

La medida, impulsada por la secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, cartera dirigida por Esteban Marzorati, se enmarca en el proceso de desregulación de trámites que llevados adelante el poder Ejecutivo y apunta específicamente al segmento de vehículos usados que pueden ser considerados “modelos de colección”.

Se trata de una simplificación de una norma que ya estaba vigente y que no afecta a la importación de unidades usadas por fuera de esta categoría.

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Según lo establecido por el Decreto 110/99, únicamente pueden importarse autos usados si se trata de vehículos con más de 30 años de antigüedad, con un valor FOB (Free on Board), una vez ubicados en el puerto de origen antes de impuestos, superior a los US$12.000 y una justificación de su carácter histórico o cultural. La normativa los reconoce como piezas que buscan contribuir a preservar el patrimonio automotor argentino.

Cualquier modelo considerado clásico puede ingresar bajo este régimen

Con la nueva resolución, se optimiza el procedimiento para acceder a esta excepción, estableciendo reglas más claras, mecanismos digitales obligatorios y nuevas condiciones de validación documental. La Resolución 300/2025 introduce modificaciones a los artículos 4°, 7°, 8°, 10 y 14 de la Resolución 24/2025. Entre los aspectos más relevantes se destacan:

  • Presentación digital obligatoria: los interesados deberán iniciar el trámite a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), completando un nuevo formulario digital y adjuntando la documentación.
  • Evaluación con plazos concretos: la Dirección de Evaluación y Promoción Industrial tendrá un máximo de 10 días corridos para analizar la solicitud. En caso de detectar errores o faltantes, se otorgará un plazo adicional de 10 días hábiles para su subsanación.
  • Validación con la Aduana: una vez aprobado el trámite, la autorización será comunicada a la dirección general de Aduanas mediante el sistema VUCEA (Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino) y se validará automáticamente en el Sistema Informático Malvina (SIM).
  • Vigencia de la autorización: las aprobaciones tendrán una validez de un año desde su notificación. Pasado ese plazo, si el vehículo no fue ingresado, el permiso caducará automáticamente.
  • Prohibición de transferencia: los vehículos importados bajo este régimen no podrán ser vendidos ni cedidos durante los dos años posteriores a su ingreso al país.
  • Trámites previos reconducidos: los expedientes iniciados bajo resoluciones anteriores —como la 958/2023 o la 24/2025— serán adaptados al nuevo procedimiento en un plazo de 20 días corridos.

Los autos ingresados bajo este régimen suelen exhibirse en eventos dedicados

Además, se derogaron varios artículos y anexos de la norma anterior que se consideraban redundantes o confusos, con el objetivo de darle mayor coherencia normativa al sistema.

Con esta resolución, el Gobierno busca encontrar un equilibrio entre la apertura gradual a vehículos de interés patrimonial y la necesidad de evitar maniobras comerciales encubiertas. En otras palabras, solo podrán acceder a este régimen quienes cumplan con requisitos técnicos y económicos bien definidos, y siempre bajo el compromiso de conservar el vehículo por un período mínimo en el país. La medida ya se encuentra en vigencia y puede consultarse en su totalidad a través del Boletín Oficial.

 Afecta únicamente a los modelos clásicos, que ya tenían permitido el ingreso al país vía particular; cómo queda el trámite ahora  LA NACION

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