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Así puedes extender tu visa de turista o de no inmigrante sin salir de EE.UU.

La visa de visitante, conocida como de turista, es un tipo de permiso clasificado como de no inmigrante para las personas que desean entrar por un periodo de tiempo en EE.UU. Las categorías son: B-1, para asuntos de negocios y asistir a conferencias, y B-2, para turismo, visitar familiares y obtener tratamientos médicos. Esta última y otras en la misma clasificación se pueden extender sin salir del país, si se cumple con ciertos requisitos.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) señala que si el motivo original de un visitante para estar en Estados Unidos cambió, puede ser elegible para extender su estatus, esto si fue admitido legalmente en el país como no inmigrante y no ha cometido ningún acto que lo haga inelegible para recibir un beneficio de inmigración.

Cómo extender la visa de turista B-2

Un turista con una visa B-2 puede solicitar una extensión de su permiso con el formulario I-539, con el que también debe presentar el formulario I-94 original, que es el registro de sus fechas de llegada y salida, y una explicación del motivo de la solicitud, en la que se responda a: “¿Por qué la estadía prolongada sería temporal?”; “¿qué arreglos se han hecho para salir de EE.UU.?”, y “¿qué efecto puede tener la estancia prolongada en el empleo y residencia en el país de origen?”.

Quienes son elegibles para presentar el formulario I-539, deben solicitar una extensión de estadía o un cambio de estatus antes de que expire la visa actual. El Uscis recomienda que se presente el formato al menos 45 días antes. “Permanecer más tiempo que el período para el cual se le otorgó la admisión también puede afectar negativamente su capacidad para obtener otros beneficios o para regresar a Estados Unidos más adelante”, advierte la agencia.

Cómo extender la visa de no inmigrante de EE.UU.

El gobierno de EE.UU. indica que no todas las categorías de visas de no inmigrante son elegibles para una solicitud de extensión de estadía (EOS, por sus siglas en inglés). Generalmente, esta petición se presenta para un trabajador no inmigrante, a través del formulario I-129. Para estos casos, se puede solicitar el periodo prolongado, si el solicitante:

Fue admitido legalmente en Estados Unidos con una visa de no inmigrante.El estatus de visa de no inmigrante todavía es válido.No se ha cometido ningún delito que lo haga inelegible para una visa.No ha violado las condiciones de su admisión.El pasaporte es válido y seguirá la vigencia durante toda la estancia.

Para quienes se encuentran en una de las categorías relacionadas con trabajo, es el empleador quien debe presentar un formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, antes de la fecha de vencimiento del formulario I-94.

Por el contrario, no podrán solicitar una extensión de la estadía quienes fueron admitidos en las categorías: Programa de Exención de Visa; Miembro de tripulación (visa de no inmigrante D); en tránsito por Estados Unidos (visa de no inmigrante C); en tránsito sin visa (TWOV); prometido(a) de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido(a) (visa de no inmigrante K); o informante (y familiar acompañante) sobre terrorismo o crimen organizado (visa de no inmigrante S).

La visa de visitante, conocida como de turista, es un tipo de permiso clasificado como de no inmigrante para las personas que desean entrar por un periodo de tiempo en EE.UU. Las categorías son: B-1, para asuntos de negocios y asistir a conferencias, y B-2, para turismo, visitar familiares y obtener tratamientos médicos. Esta última y otras en la misma clasificación se pueden extender sin salir del país, si se cumple con ciertos requisitos.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) señala que si el motivo original de un visitante para estar en Estados Unidos cambió, puede ser elegible para extender su estatus, esto si fue admitido legalmente en el país como no inmigrante y no ha cometido ningún acto que lo haga inelegible para recibir un beneficio de inmigración.

Cómo extender la visa de turista B-2

Un turista con una visa B-2 puede solicitar una extensión de su permiso con el formulario I-539, con el que también debe presentar el formulario I-94 original, que es el registro de sus fechas de llegada y salida, y una explicación del motivo de la solicitud, en la que se responda a: “¿Por qué la estadía prolongada sería temporal?”; “¿qué arreglos se han hecho para salir de EE.UU.?”, y “¿qué efecto puede tener la estancia prolongada en el empleo y residencia en el país de origen?”.

Quienes son elegibles para presentar el formulario I-539, deben solicitar una extensión de estadía o un cambio de estatus antes de que expire la visa actual. El Uscis recomienda que se presente el formato al menos 45 días antes. “Permanecer más tiempo que el período para el cual se le otorgó la admisión también puede afectar negativamente su capacidad para obtener otros beneficios o para regresar a Estados Unidos más adelante”, advierte la agencia.

Cómo extender la visa de no inmigrante de EE.UU.

El gobierno de EE.UU. indica que no todas las categorías de visas de no inmigrante son elegibles para una solicitud de extensión de estadía (EOS, por sus siglas en inglés). Generalmente, esta petición se presenta para un trabajador no inmigrante, a través del formulario I-129. Para estos casos, se puede solicitar el periodo prolongado, si el solicitante:

Fue admitido legalmente en Estados Unidos con una visa de no inmigrante.El estatus de visa de no inmigrante todavía es válido.No se ha cometido ningún delito que lo haga inelegible para una visa.No ha violado las condiciones de su admisión.El pasaporte es válido y seguirá la vigencia durante toda la estancia.

Para quienes se encuentran en una de las categorías relacionadas con trabajo, es el empleador quien debe presentar un formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, antes de la fecha de vencimiento del formulario I-94.

Por el contrario, no podrán solicitar una extensión de la estadía quienes fueron admitidos en las categorías: Programa de Exención de Visa; Miembro de tripulación (visa de no inmigrante D); en tránsito por Estados Unidos (visa de no inmigrante C); en tránsito sin visa (TWOV); prometido(a) de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido(a) (visa de no inmigrante K); o informante (y familiar acompañante) sobre terrorismo o crimen organizado (visa de no inmigrante S).

 Descubre cómo extender tu visa de turista o de no inmigrante sin salir de EE.UU. Aprende sobre los permisos emitidos y las diferencias según el propósito de tu viaje.  LA NACION

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