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Blanqueo de capitales

El filósofo Immanuel Kant ponía el acento en la diferencia entre lo legal y lo ético, de forma que lo primero no es explícito de lo segundo y, con frecuencia, lo ético se enfrenta a lo legal. En el tema del blanqueo, más allá de los cuestionamientos éticos, la urgencia económico-social justifica tal medida de excepción reglamentada por el Gobierno y en funcionamiento desde ayer. El objetivo primordial es sumar dólares frescos en un momento de incertidumbre económica y de nerviosismo en el mercado financiero.

Pero no es ese el único motivo. Otro no menor lo constituye el intercambio automático de información celebrado con Estados Unidos, que tendrá lugar, por primera vez, a partir de septiembre próximo, con información financiera referida al año calendario 2023. Se calcula que en ese país hay una cantidad importante de cuentas de residentes argentinos, no declaradas ante la AFIP, que serán motivo de regularización. Si bien este intercambio de información no es tan completo como los que funcionan en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y no tiene previsto, por ahora, el intercambio de información cuando hay sociedades en el medio, los contribuyentes deberán evaluar si no les conviene tener esa parte en orden.

Otro de los motivos de peso es que la economía marginal –en negro– ha superado todas las barreras imaginables, las cajas de seguridad están atestadas de moneda extranjera y los colchones han dejado de ser de espuma de goma o fibra para convertirse en virtuales centros de acopio de dólares. Si bien todo blanqueo es un reconocimiento a la ineficiencia del sistema, en circunstancias, como las actuales, es imprescindible hacerlo.

Ciertamente, cada vez que se recurre a un blanqueo ha primado la angustia fiscal sobre las consideraciones morales que despierta esta medida. No escapa a nadie que quienes han cumplido siempre con sus obligaciones lo interpretan como una injusticia, como un premio a quienes evadieron. Además, cuando los blanqueos se repiten corren el riesgo de hacerse previsibles y de alentar nuevos incumplimientos.

Pero, como todas las cuestiones, hay que ponerlas en contexto. El paquete fiscal sancionado recientemente, cuyo nombre es “Medidas fiscales paliativas y relevantes”, trae hoy un muy ventajoso sistema para poner estos activos en el marco legal. En primer lugar, con una tasa muy conveniente, si la adhesión se efectúa hasta el 30 de septiembre venidero, que es del 5% sobre el excedente de 100.000 dólares por grupo familiar –hasta ese monto el blanqueo es gratuito– y, en segundo lugar, por la posibilidad de poner esos fondos en movimiento. Se prevén más etapas con otras alícuotas.

Es factible que se produzca una importante bancarización del dinero en efectivo que se regulariza, el que durante el tiempo que permanezca depositado incrementará las reservas brutas del Banco Central.

Seguramente, este proceso será exitoso al permitir una mayor recaudación, pero lo más importante será la posibilidad de utilizar esos fondos en la economía legal.

El dinero que se retire de esos depósitos generará un motor importante de incentivo a las inversiones en inmuebles y rodados, y también en la capitalización de las pymes. En este aspecto, la reglamentación del Poder Ejecutivo ha agregado la posibilidad de retirar los depósitos antes del 30/09/2024, cuando el destino sea para “operaciones onerosas debidamente documentadas” hasta el monto de 100.000 dólares.

Este régimen también se ve favorecido por la reducción que ha tenido lugar en el impuesto a los bienes personales, con un incremento en la deducción por casa habitación, un aumento del mínimo no imponible, y con una baja significativa de la escala y alícuotas, desde el 2023 hasta el 2027 cuando este gravamen debería dejar de existir. Una tasa alta, como la que estaba vigente es una amenaza al incremento patrimonial. También en este paquete se ofrece una opción de pagar cinco años juntos del impuesto sobre los bienes personales, con una alícuota del 0,45% por año y garantizando estabilidad fiscal hasta 2038.

Se supone que, de materializarse estas posibilidades, se podrá concretar una parte de la reactivación de la economía, tan esquilmada por el inescrupuloso gobierno precedente.

Debe destacarse también que este blanqueo goza de otro atractivo que implica que los contribuyentes quedarán liberados de toda responsabilidad ante el régimen penal tributario, aduanero y penal cambiario, derivados de los impuestos omitidos de ingresar, generándose una suerte de bloqueo fiscal respecto del período regularizado.

No se trata, por lo demás, de ningún tipo de liberación en caso de existir otros delitos como el lavado de bienes, corrupción o defraudación a la administración pública. Esto implica que los sujetos obligados a actuar por la ley de prevención de lavado deberán seguir –aun con el blanqueo– cumpliendo las obligaciones legales.

Que esta operación resulte exitosa dependerá también de que las provincias y los municipios adhieran a ella. En caso contrario, aparecerán nuevas contingencias que disminuirán los beneficios.

Como ya hemos dicho en anteriores oportunidades en que este tema ha ingresado en la agenda pública y privada, el camino más idóneo y permanente para evitar la informalidad y para repatriar los fondos de residentes argentinos, estén o no declarados, es el mismo que debe emplearse para atraer en general inversiones y capitales desde el exterior: debe darse confianza, respetar a ultranza el derecho de propiedad y asegurar la estabilidad tributaria. Las medidas “fiscales paliativas y relevantes”, como el nombre de la ley indica, no dejan de ser paliativas.

La calidad y seguridad jurídica permanentes son más importantes que ofrecer incentivos impositivos o altos rendimientos. La confianza se construye con tiempo, con persistencia y esfuerzo.

El filósofo Immanuel Kant ponía el acento en la diferencia entre lo legal y lo ético, de forma que lo primero no es explícito de lo segundo y, con frecuencia, lo ético se enfrenta a lo legal. En el tema del blanqueo, más allá de los cuestionamientos éticos, la urgencia económico-social justifica tal medida de excepción reglamentada por el Gobierno y en funcionamiento desde ayer. El objetivo primordial es sumar dólares frescos en un momento de incertidumbre económica y de nerviosismo en el mercado financiero.

Pero no es ese el único motivo. Otro no menor lo constituye el intercambio automático de información celebrado con Estados Unidos, que tendrá lugar, por primera vez, a partir de septiembre próximo, con información financiera referida al año calendario 2023. Se calcula que en ese país hay una cantidad importante de cuentas de residentes argentinos, no declaradas ante la AFIP, que serán motivo de regularización. Si bien este intercambio de información no es tan completo como los que funcionan en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y no tiene previsto, por ahora, el intercambio de información cuando hay sociedades en el medio, los contribuyentes deberán evaluar si no les conviene tener esa parte en orden.

Otro de los motivos de peso es que la economía marginal –en negro– ha superado todas las barreras imaginables, las cajas de seguridad están atestadas de moneda extranjera y los colchones han dejado de ser de espuma de goma o fibra para convertirse en virtuales centros de acopio de dólares. Si bien todo blanqueo es un reconocimiento a la ineficiencia del sistema, en circunstancias, como las actuales, es imprescindible hacerlo.

Ciertamente, cada vez que se recurre a un blanqueo ha primado la angustia fiscal sobre las consideraciones morales que despierta esta medida. No escapa a nadie que quienes han cumplido siempre con sus obligaciones lo interpretan como una injusticia, como un premio a quienes evadieron. Además, cuando los blanqueos se repiten corren el riesgo de hacerse previsibles y de alentar nuevos incumplimientos.

Pero, como todas las cuestiones, hay que ponerlas en contexto. El paquete fiscal sancionado recientemente, cuyo nombre es “Medidas fiscales paliativas y relevantes”, trae hoy un muy ventajoso sistema para poner estos activos en el marco legal. En primer lugar, con una tasa muy conveniente, si la adhesión se efectúa hasta el 30 de septiembre venidero, que es del 5% sobre el excedente de 100.000 dólares por grupo familiar –hasta ese monto el blanqueo es gratuito– y, en segundo lugar, por la posibilidad de poner esos fondos en movimiento. Se prevén más etapas con otras alícuotas.

Es factible que se produzca una importante bancarización del dinero en efectivo que se regulariza, el que durante el tiempo que permanezca depositado incrementará las reservas brutas del Banco Central.

Seguramente, este proceso será exitoso al permitir una mayor recaudación, pero lo más importante será la posibilidad de utilizar esos fondos en la economía legal.

El dinero que se retire de esos depósitos generará un motor importante de incentivo a las inversiones en inmuebles y rodados, y también en la capitalización de las pymes. En este aspecto, la reglamentación del Poder Ejecutivo ha agregado la posibilidad de retirar los depósitos antes del 30/09/2024, cuando el destino sea para “operaciones onerosas debidamente documentadas” hasta el monto de 100.000 dólares.

Este régimen también se ve favorecido por la reducción que ha tenido lugar en el impuesto a los bienes personales, con un incremento en la deducción por casa habitación, un aumento del mínimo no imponible, y con una baja significativa de la escala y alícuotas, desde el 2023 hasta el 2027 cuando este gravamen debería dejar de existir. Una tasa alta, como la que estaba vigente es una amenaza al incremento patrimonial. También en este paquete se ofrece una opción de pagar cinco años juntos del impuesto sobre los bienes personales, con una alícuota del 0,45% por año y garantizando estabilidad fiscal hasta 2038.

Se supone que, de materializarse estas posibilidades, se podrá concretar una parte de la reactivación de la economía, tan esquilmada por el inescrupuloso gobierno precedente.

Debe destacarse también que este blanqueo goza de otro atractivo que implica que los contribuyentes quedarán liberados de toda responsabilidad ante el régimen penal tributario, aduanero y penal cambiario, derivados de los impuestos omitidos de ingresar, generándose una suerte de bloqueo fiscal respecto del período regularizado.

No se trata, por lo demás, de ningún tipo de liberación en caso de existir otros delitos como el lavado de bienes, corrupción o defraudación a la administración pública. Esto implica que los sujetos obligados a actuar por la ley de prevención de lavado deberán seguir –aun con el blanqueo– cumpliendo las obligaciones legales.

Que esta operación resulte exitosa dependerá también de que las provincias y los municipios adhieran a ella. En caso contrario, aparecerán nuevas contingencias que disminuirán los beneficios.

Como ya hemos dicho en anteriores oportunidades en que este tema ha ingresado en la agenda pública y privada, el camino más idóneo y permanente para evitar la informalidad y para repatriar los fondos de residentes argentinos, estén o no declarados, es el mismo que debe emplearse para atraer en general inversiones y capitales desde el exterior: debe darse confianza, respetar a ultranza el derecho de propiedad y asegurar la estabilidad tributaria. Las medidas “fiscales paliativas y relevantes”, como el nombre de la ley indica, no dejan de ser paliativas.

La calidad y seguridad jurídica permanentes son más importantes que ofrecer incentivos impositivos o altos rendimientos. La confianza se construye con tiempo, con persistencia y esfuerzo.

 Esta medida paliativa puede obtener resultados exitosos si se asume el compromiso de recuperar la confianza y garantizar la seguridad jurídica  LA NACION

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